El Tribunal Supremo establece que las comunidades de propietarios pueden prohibir los alquileres turísticos por mayoría de tres quintos Pepe Rojas Molina ´Liberado, analista de la realidad´ 8 de octubre de 2024 La Sala parte de su jurisprudencia en la que declara lícita la prohibición estatutaria de alquiler de viviendas para uso turístico El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha dictado dos sentencias en las que declara que las comunidades de propietarios pueden prohibir la actividad de alquileres turísticos mediante acuerdos adoptados en junta por mayoría de tres quintos. El auge de los alquileres turísticos ha desatado una auténtica revolución en el paisaje urbano, especialmente en las grandes ciudades. La sentencia del Tribunal Supremo, que permite a las comunidades de propietarios prohibir este tipo de alquileres por mayoría de tres quintos, ha puesto sobre la mesa el pulso entre dos fuerzas opuestas: el afán de lucrarse y la necesidad de preservar el orden cotidiano ....
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