El Tribunal Supremo fija doctrina sobre los requisitos legales para conceder la nacionalidad española por carta de naturaleza a los sefardíes originarios de España Pepe Rojas Molina ´Cyrano de la realidad´ sábado, 18 de enero de 2025 Lo que España perdió cuando expulsó a los judíos sefardíes es algo que, siglos después, todavía pesa en nuestra cultura como una culpa que apenas se nombra, pero que está ahí, enterrada entre las páginas de nuestra historia. Ahora, en el siglo XXI, cuando el Tribunal Supremo dicta doctrina sobre los requisitos legales para que los descendientes de aquellos expulsados obtengan la nacionalidad, se abre una especie de resquicio para enmendar algo que nunca debió suceder. La sentencia aclara que no será tan fácil como decir “soy sefardí”, se exige una rigurosa cadena de pruebas y documentos que avalen esa pertenencia. La Ley 12/2015, de 24 de junio, se convierte en el filtro, pero también en la llave, para que esos descendientes puedan volver a tener en sus ma...
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