Una mujer admite la condena impuesta por estafar a su pareja para obtener 32.000 euros
Una mujer admite la condena impuesta por estafar a su pareja para obtener 32.000 euros
Inventaba pretextos como enfermedades o pagos de deudas para conseguir el dinero
lunes, 16 de febrero de 2026
La sentencia que ha caído hoy en la Audiencia Provincial de Cuenca tiene ese regusto amargo y casi novelesco que a veces adoptan los asuntos de estafa cuando se mezclan el corazón y el bolsillo. Una historia que empezó con promesas, excusas y una relación que parecía de fiar, y que ha terminado con una condena firme, aunque con la puerta entreabierta para no pisar la cárcel de inmediato.
Juana, mayor de edad, con DNI NUM000 y antecedentes que ya se pueden ir borrando del historial, reconoció los hechos en el juicio oral celebrado el 3 de diciembre de 2025. Todo arrancó en septiembre de 2021. Bajo el paraguas de una relación sentimental con Alexis, la acusada fue tejiendo una red de mentiras piadosas —o no tan piadosas—: enfermedades propias o de familiares, deudas que nunca existieron, multas fantasma... Cualquier excusa valía para que el dinero cambiara de manos. Y cambió, según ha quedado acreditado, hasta sumar 32.000 euros que Alexis entregó creyendo en las apariencias y en las palabras de quien tenía a su lado.
El Ministerio Fiscal, que al principio pedía tres años de prisión por un delito de estafa agravado (artículo 248 y 250.1.5º del Código Penal), rebajó el tiro en el plenario tras la confesión: se quedó en un delito básico del 248, un año de cárcel, inhabilitación para el sufragio pasivo durante ese mismo tiempo y la devolución íntegra de los 32.000 euros como responsabilidad civil. La defensa, por su parte, no puso pegas: mostró conformidad con la calificación, con la pena y con la indemnización. La acusada ratificó todo, asegurando que lo hacía libremente y sabiendo a qué se exponía.
La Audiencia, aplicando el artículo 787 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, dictó sentencia de conformidad. No había motivo para rechazarla: la pena no supera los seis años, la calificación encaja con los hechos aceptados por todas las partes y la pena resulta proporcionada. Así que: un año de prisión, accesoria de inhabilitación y condena a pagar los 32.000 euros a Alexis.
Pero la cosa no se queda en papel mojado. La defensa pidió suspensión de la pena —y el Fiscal no se opuso, ni tampoco el perjudicado cuando se le consultó sobre el aplazamiento—. Se dan los requisitos del artículo 80 del Código Penal: la pena no llega a dos años, los antecedentes son cancelables (no cuentan para valorar reincidencia relevante) y Juana se ha comprometido a pagar la indemnización en cómodas cuotas de 450 euros al mes, entre el día 25 y el último de cada mes, empezando en enero de 2026. Suspensión concedida por cinco años, condicionada a no delinquir en ese plazo y a cumplir religiosamente con los pagos. Si incumple, la cárcel podría llamar a la puerta.
La sentencia es firme. Nadie recurrió. Se notificó en el acto, las partes dieron su visto bueno y punto final. Costas a cargo de la condenada, como manda la ley.
Al final, vemos como una estafa nacida del engaño en lo más íntimo, es resuelta con una condena que evita el ingreso en prisión pero deja claro que el dinero debe volver a su dueño. Porque, al final, como suele decirse en estos pasillos judiciales, las palabras se las lleva el viento, pero el dinero prestado bajo mentira tiene la costumbre de pedir cuentas. Y hoy, en Cuenca, las ha pedido con todas las de la ley.
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