Desestiman conceder la incapacidad permanente a una charcutera porque sus molestias y manifestaciones de dolor no revelan señales de limitaciones importantes

Pepe rojas Molina

´Cyrano de la realidad´

viernes, 20 de diciembre de 2024

La sentencia que tenemos ante nosotros aborda un recurso de suplicación relacionado con la denegación de una pensión de incapacidad permanente. Como ocurre con estos casos, se trata de un tema que combina lo jurídico y lo médico, en el que la interpretación de las pruebas y las valoraciones de los expertos juegan un papel crucial. En este análisis, sin pelos en la lengua, trato de ir al grano y de hablar claro sobre las cuestiones que importan de la sentencia judicial.

El tribunal parece haber entregado las llaves del caso a los informes médicos oficiales, como si fueran la Biblia. Especialmente al informe del equipo de valoración de incapacidades. Esto, al final, es el caballo de batalla en estos juicios: los informes que no reflejan limitaciones funcionales “objetivas”. Es decir, lo que se ve en los papeles. Pero, ¿y lo que no se ve? Ahí es donde la justicia se queda corta.

Aquí el tribunal sigue el guión. Se centra en lo que marca la ley: que las limitaciones sean graves, duraderas y objetivamente demostrables. Claro, suena bien en teoría, pero en la práctica, ¿cuántos casos se caen porque no todo en la salud de una persona se puede meter en el marco estrecho de una definición legal?

El tribunal hace oídos sordos a los informes presentados por Dña. Estrella, la parte demandante. No es que no los haya leído, pero da la sensación de que la confianza está en el informe oficial del INSS y no hay más que hablar. Lo que nos lleva a la eterna pregunta: ¿son todos los informes iguales o hay unos más iguales que otros?

Donde se me enciende la bombilla es con la fibromialgia, entre otras dolencias crónicas, es la gran olvidada. ¿Qué pasa con esos dolores que no salen en las radiografías? La subjetividad del dolor no puede ser descartada tan alegremente. Solo porque no haya una prueba que lo refleje, no significa que no esté ahí.

Aquí la sentencia se queda anclada en el presente. Pero, ¿y el futuro? Las enfermedades no son estáticas. Lo que hoy parece llevadero, mañana puede no serlo. El tribunal hace una evaluación como si la situación no fuera a cambiar, y esa es una de las grandes limitaciones de este tipo de decisiones judiciales.

El tribunal se pone las anteojeras de lo físico. Lo que importa es si puedes caminar, si puedes levantar pesos... Pero, ¿y la cabeza? Los trastornos de ansiedad, la depresión, no se valoran como se debería. Son tan incapacitantes como una pierna rota, pero para eso hay que ampliar el campo de visión.

Los informes contradictorios son un clásico, pero la pregunta es: ¿qué se hace cuando los informes discrepan? ¿Se investiga más? ¿Se llama a peritos independientes? Pues no, parece que aquí se cierra el caso con la conclusión más conveniente. Una segunda opinión podría haber arrojado luz, pero el tribunal no se molestó en buscarla.

Esto es crucial. La incapacidad no viene de una única causa. Es la suma de varias patologías, y sin embargo, se valora cada una por separado. El tribunal actúa como si la persona fuera un puzle de piezas sueltas, cuando en realidad es un todo. Y ahí es donde la sentencia flaquea: en ver el panorama completo.

Consecuentemente, la sentencia cumple su función de aplicar la normativa vigente, eso no se discute. Pero hay una desconexión entre la teoría y la realidad. Las enfermedades crónicas y los trastornos psicológicos son complejos y no siempre encajan en los esquemas predefinidos de la ley. Hay una frialdad en la forma en que se valora la incapacidad, como si todo fuera blanco o negro, cuando en realidad hay muchos tonos grises que no se están viendo.

Aquí hace falta algo más que informes médicos. Se necesitaría una valoración completa que tenga en cuenta la dimensión social, psicológica y funcional del paciente. No estamos hablando de números, sino de personas. No se puede tomar una fotografía estática de la situación. La incapacidad es un proceso dinámico, y las valoraciones deberían ser periódicas, no una decisión de “talla única”. Las leyes sobre incapacidad deben adaptarse a la realidad de las enfermedades y a la diversidad de los casos. No se puede ser tan rígido cuando lo que está en juego es la calidad de vida de una persona. No debería ser un privilegio, sino una opción legítima. Si hay discrepancias, se debe recurrir a una segunda valoración, más imparcial y menos influenciada por el protocolo burocrático.

Resumiendo, desde un punto de vista jurídico, el dolor, al ser una experiencia subjetiva y no siempre objetivable mediante pruebas médicas, presenta un desafío enorme para los tribunales. El sistema judicial se basa en hechos probados y pruebas tangibles para tomar decisiones justas, y si no existen evidencias claras y objetivas de una lesión o incapacidad, la sentencia se ve obligada a desestimar la demanda. En ese sentido, la justicia actúa de manera coherente, ya que no puede basarse en percepciones individuales sin respaldo médico sólido.

Es cierto que el dolor es real y, en muchos casos, devastador para quienes lo padecen, pero la justicia debe protegerse de abusos y falsas reclamaciones, y para ello necesita de pruebas contundentes. Así que, desde una óptica objetiva y respetando los principios del derecho, la sentencia en cuestión, al no encontrar una lesión justificable y fehaciente, actúa dentro de los márgenes correctos de la legalidad.

La clave está en cómo equilibrar ese espacio entre lo subjetivo y lo objetivo, y quizá ahí es donde la medicina y la justicia puedan colaborar mejor en el futuro, pero, en este caso concreto, el fallo parece razonable y ajustado a los hechos.

Moraleja:

La justicia, como las enfermedades crónicas, no siempre se ve a simple vista. El dolor que no se puede medir, y la incapacidad que no se palpa, siguen siendo reales. A veces, las leyes necesitarían más corazón y menos letra fría, porque detrás de cada sentencia hay vidas que no siempre encajan en los moldes rígidos de la normativa. El verdadero reto no es aplicar la ley, sino entender que cada persona es un mundo, y ese mundo merece ser valorado en toda su complejidad.

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