El Tribunal Supremo desestima el recurso de la Junta de Andalucía contra el Real Decreto de revisión del plan hidrológico Tajo-Segura
La sentencia, ponencia del magistrado Fernando Román, considera que tampoco se ha omitido el proceso de concertación para la determinación de los caudales ecológicos, como alegaba la comunidad recurrente

@pepe_rojas99

´Cyrano de la realidad´

martes, 21 de enero de 2025


Esta sentencia del Tribunal Supremo respecto a la revisión de los planes hidrológicos parece una novela interminable sobre la gestión del agua en España. La Junta de Andalucía había interpuesto un recurso contra el Real Decreto 35/2023, con la esperanza de impugnar la revisión de los planes hidrológicos en demarcaciones tan relevantes como el Guadalquivir o el Segura. Pero lo que la Junta esperaba convertir en una victoria jurídica acabó siendo un baño de agua fría, literalmente.

El Supremo ha desestimado todos los motivos presentados por la Junta, uno tras otro, con una precisión quirúrgica. El Consejo Nacional del Agua, cuya consulta fue uno de los caballos de batalla de la Junta, cumplió su función según lo esperado. Y no, su informe no tiene que ser vinculante, aunque la Junta de Andalucía quisiera que lo fuera para salvar su recurso.

Lo que realmente llama la atención es la insistencia de la Junta en denunciar que no se respetaron los caudales ecológicos. Aquí es donde la cosa se enreda, porque la sentencia desmonta la impugnación como si fuera un castillo de naipes, acusando a la Junta de hacer una lectura “fragmentada e inexacta” de la normativa previa. Lo que en palabras más claras significa: la Junta ha hecho una interpretación de las leyes a su conveniencia, obviando los datos técnicos que respaldan los caudales establecidos.

Y luego está la queja sobre la falta de motivación técnica en la fijación de esos caudales. El Tribunal responde con contundencia, recordando que la fijación de los caudales ecológicos se ha basado en un procedimiento riguroso, promovido desde las demarcaciones hidrográficas, y que la Junta no ha podido desmontar con pruebas válidas.

Así que, mientras la Junta de Andalucía intentaba llevar su pelea por el agua a los tribunales, la realidad es que el Supremo no se ha dejado llevar por las presiones ni ha visto en su recurso nada que justifique la nulidad del decreto. Conclusión: los planes hidrológicos siguen adelante, y la Junta se queda seca, al menos en lo jurídico.

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